¿Quieres instalar un equipo de climatización en tu vivienda?
Esto es lo que debes saber antes de hacerlo
Instalar un equipo de climatización en una vivienda es una mejora cada vez más habitual.
Sin embargo, antes de realizar la instalación conviene responder una pregunta muy frecuente:
¿Puede instalarse libremente o es necesario contar con la autorización
de la comunidad de propietarios?
La respuesta dependerá de lo que establezcan los estatutos de la comunidad,
de si la instalación afecta a elementos comunes del edificio y de la normativa
municipal aplicable.
Lo primero: revisa los estatutos de la comunidad
Antes de iniciar cualquier instalación, es recomendable consultar los estatutos
o el título constitutivo del edificio.
Pueden darse tres situaciones diferentes.
Existe una ubicación concreta
Los estatutos indican expresamente dónde deben instalarse los equipos.
La instalación está prohibida
Los estatutos contienen una prohibición expresa.
No existe ninguna regulación
Los estatutos no contienen ninguna previsión sobre esta cuestión.
Los estatutos establecen una ubicación concreta
Algunas comunidades indican expresamente dónde deben instalarse los equipos
de climatización, por ejemplo, en la cubierta del edificio o en un patio interior.
Si existe esta previsión, el propietario podrá instalar el equipo en la ubicación
autorizada sin necesidad de solicitar un permiso adicional a la comunidad.
Debe respetarse el lugar autorizado
Eso sí, si decide colocarlo en un lugar distinto al previsto en los estatutos,
la comunidad podrá exigir la retirada de la instalación.
Los estatutos prohíben la instalación
Si los estatutos contienen una prohibición expresa, no será posible instalar
el equipo de climatización mientras dicha limitación continúe vigente.
Será necesario modificar los estatutos
Para permitir este tipo de instalaciones será necesario modificar los
estatutos de la comunidad, una decisión que, con carácter general,
requiere la unanimidad de los propietarios.
Los estatutos no regulan esta cuestión
Cuando los estatutos no contienen ninguna previsión sobre la instalación
de equipos de climatización, en principio podrá realizarse.
Sin embargo, todavía será necesario responder a una cuestión esencial:
Cuando la instalación afecta a elementos comunes
Este es el aspecto que más conflictos suele generar entre propietarios
y comunidades.
Como regla general, cualquier obra o instalación que altere un elemento
común requiere la autorización previa de la comunidad de propietarios.
Existe afectación, por ejemplo, cuando es necesario:
Realizar perforaciones.
Colocar anclajes.
Abrir huecos en la fachada.
Instalar la unidad exterior sobre un elemento común.
¿Y si la afectación es mínima?
Aunque la regla general exige autorización cuando se alteran elementos
comunes, los tribunales han ido flexibilizando este criterio en determinados
supuestos.
Si la afectación es mínima y no produce un perjuicio real para la comunidad,
puede entenderse que no resulta necesaria la autorización comunitaria.
No obstante, para ello deben respetarse determinados límites:
La instalación no debe generar molestias por ruido o vibraciones.
No debe alterar de forma apreciable la configuración exterior del edificio.
Debe cumplir las ordenanzas municipales.
Deben respetarse las limitaciones sobre unidades visibles desde la vía pública.
Cuando no se altera ningún elemento común
Si la instalación no modifica elementos comunes y tampoco ocasiona molestias
a otros propietarios, con carácter general no será necesario solicitar
autorización a la comunidad.
En cualquier caso, siempre resulta aconsejable comprobar previamente tanto
la normativa municipal como las normas internas de la comunidad para evitar
futuras reclamaciones.
Qué dicen los tribunales
La jurisprudencia ofrece ejemplos en ambos sentidos.
Se modificaron elementos comunes
Un propietario abrió varios huecos en la fachada de un patio interior
para instalar un equipo de climatización sin autorización de la comunidad.
El tribunal consideró que la actuación modificaba elementos comunes
del edificio y ordenó retirar la instalación.
No existía ningún perjuicio real
En otro supuesto, un vecino instaló una unidad de climatización en la
cubierta del edificio sin autorización previa.
Durante el procedimiento acreditó que la instalación no afectaba a la
estructura del inmueble, no modificaba elementos comunes y tampoco
ocasionaba perjuicios al resto de propietarios.
En estas circunstancias, el tribunal desestimó la demanda presentada
por la comunidad y permitió mantener la instalación.
Qué debes comprobar antes de instalar el equipo
Comprueba si existe una ubicación autorizada o una prohibición.
Verifica si deben realizarse perforaciones, anclajes o modificaciones.
Evita ruidos, vibraciones y perjuicios para otros propietarios.
Consulta las ordenanzas aplicables antes de ejecutar la instalación.